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Actualidad sobre herencias en Baleares

El patrimonio en Baleares

Hay que saber que según la Ley de patrimonio de las Islas Baleares, el Govern Balear puede aumentar su patrimonio de las siguientes formas:

La Comunidad Autónoma de Baleares puede adquirir bienes y derechos:

a) Por atribución de la Ley.

b) A título oneroso, con ejercicio o no de la facultad de expropiación.

c) Por herencia, legado o donación.

d) Por prescripción.

e) Mediante los correspondientes traspasos de cualquier Administración Pública.

f) Por ocupación.

g) Por la adjudicación judicial o administrativa.

h) Por cualquier otro título jurídico válido

el patrimonio de las islas Baleares
Algunas herencias Baleares terminan en manos del Estado o la Comunidad.

Así mismo, esta ley especifica que la adquisición de bienes y derechos por parte del Govern Balear a título de herencia, legado o donación debe publicarse en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y se entiende hecha siempre a beneficio de inventario.

Y que corresponde al Consejo de Gobierno, en materia de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en los términos de esa Ley, la atribución de aceptar las herencias, los legados o las donaciones.

Así pues, podemos establecer herederos a quien queramos, al Govern Balear, al Ayuntamiento, a una asociación en concreto o a la Casa Real como hizo uno de nuestros vecinos de Ciutadella de Menorca, el empresario inmobiliario Juan Ignacio Balada Llabrés, que dejó una parte de su herencia, unos 10 millones de euros, a la Casa Real.

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